Derecho en zapatillas.
El proyecto de ley propone que tanto las SAS como las sociedades de responsabilidad limitada, presenten sus balances ante los registros públicos o ante el organismo de control de personas jurídicas de su jurisdicción.
En caso que no cumplan con lo expuesto por más de dos períodos, los socios o administradores responderán en forma solidaria, ilimitada y subsidiaria ante terceros. También se propone que la inscripción registral controle, no sólo los requisitos formales, sino también los sustanciales, procurando darle mayor transparencia a la constitución de este tipo societario.
El fundamento que proponen es el posible uso de este tipo societario como vehículo de comisión de delitos económicos vinculados al lavado de activos. “Considerando la peligrosidad, y las actividades criminales conexas al ya reseñado lavado de activos, es que proponemos el efecto inmediato de la resolución dictada, siendo cualquier reclamo o recurso considerado con efecto devolutivo”, dicen sus autores.
Por otros parte, ponderando el aspecto fiscal en lo concerniente a la inhabilitación de la CUIT o identificación tributaria del contribuyente, se propone modificar el artículo 35 de la ley de Procedimiento Fiscal, ley 11.683, y adecuar la redacción ante la disolución de la sociedad dictada por el Registro Público o autoridad de control de la persona jurídica.
“Como podrá apreciarse la propuesta legislativa que se presenta no pretende descartar la existencia misma de las SAS como tipo societario. Por el contrario apunta a tener mayores facultades de fiscalización, adecuando el desarrollo de un tipo societario a los estándares legales que promuevan la licitud de la actividad que desarrollará aquel emprendedor o empresario que utilice como instrumento jurídico asociativo las SAS. Apuntamos entonces a reglamentar, ordenar y otorgar seguridad jurídica a los contratantes y a la comunidad, favoreciendo la transparencia del tipo societario bajo análisis”, alegan.
“Las Sociedades por Acciones Simplificadas pueden ser un instrumento jurídico más del capital. De aquel ciudadano o ciudadana que busca materializar una personería jurídica con la que desarrollar el comercio. Lo que no podemos admitir es que la desregularización societaria del instituto favorezca la utilización para los fines ilícitos”, expresan en el fundamento.
Voces críticas del proyecto de ley sobre SAS
Asea, una asociación civil que nuclea emprendedores del país, es crítico del proyecto. “Bajo la supuesta bandera de combatir el lavado de activos, el gobierno busca quedarse con el poder absoluto y discrecional de decidir quién puede emprender en Argentina. De esta forma, crea un “registro de emprendedores” a cargo del Ministerio de economía y la secretaría de desarrollo productivo mediante el cual se le da la potestad de aceptar o rechazar a quien se considera emprendedor, y por lo tanto quien puede ser socio de una sociedad”, expresan.
“También obliga a las PyMEs a que vuelvan a registrar su domicilio, obligandolos a contratar un escribano para demostrar su veracidad (a un costo de $40.000 por sociedad), y obliga que todas las SRL y las SAS del país presenten sus balances ante la IGJ, obligandolas a gastar importantes sumas de dinero en la presentación de este trámite retroactivo”, alegan.
Es preocupante que el proyecto levante la limitación de responsabilidad de todos los socios y administradores de las SRL y las SAS en el país frente a terceros, dicen en un comunicado.
Asimismo, el proyecto de ley permite que el poder ejecutivo disuelva cualquier sociedad sin posibilidad de que exista recurso judicial alguno, y confisque todos los bienes de la sociedad, sin ningún tipo de intervención de un juez.
La entidad da números: Desde la aprobación de la Ley de Emprendedores en 2017, se crearon más de 50 mil empresas bajo la figura de la SAS y se generaron más de 120 mil puestos de trabajo registrados, y son las sociedades que tuvieron mayor crecimiento de recaudación fiscal, y mayor creación de puestos de trabajo, según los datos oficiales del Ministerio de Trabajo y de la AFIP.
Sin embargo, la IGJ limitó su uso en 2020 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con resoluciones cuestionadas judicialmente, lo que ha generado incertidumbre y dificultades para los emprendedores. A pesar de las restricciones de la IGJ, las SAS siguen siendo una figura societaria muy utilizada en provincias como Santa Fe, Tucumán, Mendoza o Córdoba, donde representan la mayoría de las sociedades creadas, expresan.
“No termina de entenderse por qué, en el contexto complejo en el que se encuentra el país, se ponen trabas para aquellos que tienen pymes”, manifestó Manuel Tanoira, socio fundador y parte del equipo de políticas públicas de la Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA). “Por tres años tuvieron a los emprendedores en vilo, diciéndoles que sus empresas eran ilegales. Ahora suman a las SRL y les dicen que no van a tener más limitación de responsabilidad”.
Por su parte, Alejandro Ramírez, profesor de derecho societario de la Universidad Austral subrayó que “Con la SAS, cualquier persona podía abrir una sociedad de manera fácil, sencilla y de forma digital. Mediante el proyecto de ley y las resoluciones de la IGJ, se pretende someter a las empresas, y utilizar a la IGJ como arma de persecución contra las pymes. No sería de extrañar que quieran usar estas facultades como si fuese la ley de desabastecimiento, para perseguir a las PyMEs que aumenten precios o con las que el gobierno de turno no sea afín. Este proyecto no solo es una nueva barrera para emprender; significa un enorme retroceso porque agrega discrecionalidad, quita transparencia, suma burocracia e inseguridad jurídica”, agregó.
El profesor de la Universidad Nacional de Cuyo, Fernando Perez Hualde, dijo: “El proyecto es un ataque al régimen federal en tanto desconoce la realidad existente en las provincias en las que las SAS tienen gran aceptación. Somos ajenos a la problemática porteña”. Asimismo, sostuvo, “sorprende que se pretenda aprobar una ley confiscatoria, que permite al Estado quedarse con los bienes de una sociedad en liquidación. En nuestro país, ello no se aplica ni siquiera a las asociaciones”.
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